Impuestos elimina facturas
computarizadas en papel térmico
El gerente de Recaudación y Empadronamiento del SIN, Nielsen Velasco, explicó, en un boletín, que la decisión de eliminar el papel térmico es una respuesta a los "reclamos" de los contribuyentes sobre la calidad de ese soporte, que "se borra fácilmente, ni bien pone a su bolsillo el contribuyente la factura".
Sostuvo que otras características del papel térmico son su brillo, que hace fácil su arrugación, peculiaridad que también vuelve ilegible la impresión.
De acuerdo con la Resolución Normativa de Directorio 101700000006, emitida por el SIN el 17 de marzo de 2017, "la emisión de factura deberá realizarse en papel que garantice la legibilidad y nitidez de la información a partir de su emisión, prohibiéndose el uso de papel térmico".
Entretanto, Velasco dijo que los contribuyentes todavía pueden presentar facturas computarizadas impresas en papel térmico en sus declaraciones fiscales, con la aclaración de que se podrá usar ese material para la impresión de facturas solo hasta el 1 de julio de 2017.
Por otro lado, explicó que también se dispuso que el vendedor de un bien o servicio por un monto igual o superior a 300 bolivianos tiene la obligación de escribir el Número de Identificación Tributaria (NIT) o la cédula de identidad y el nombre o razón social del comprador en los puntos que correspondan de la factura.
Velasco recordó que antes de la emisión de esa resolución, el monto mínimo para identificar con todos sus datos al cliente en la factura era de 10.000 bolivianos.