Gobierno reglamenta el pago
del Bono Contra el Hambre
* Podrá
cobrarse en efectivo o vía abono a cuenta
personal
La Paz, 14 nov (ABI).- El Gobierno
nacional aprobó el Decreto Supremo 4392 que reglamenta el pago del Bono Contra
el Hambre, de 1.000 bolivianos, que podrá cobrarse en efectivo a través de las
ventanillas bancarias o vía abono a una cuenta unipersonal.
"Las personas beneficiarias del
Bono Contra el Hambre son las y los ciudadanos bolivianos que residen en el país,
mayores de 18 años de edad al 16 de septiembre de 2020", señala la norma
aprobada en la víspera por el Gabinete de ministros.
El presidente Luis Arce adelantó que el
beneficio se cancelará en diciembre de este año. La Gestora Pública de la
Seguridad Social de Largo Plazo determinará la fecha de inicio del pago.
Los beneficiarios del bono serán las
mujeres que actualmente perciben el Bono Juana Azurduy; las personas con
discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia registradas en el
Instituto Boliviano de la Ceguera; las personas con discapacidad grave o muy
grave registradas en el Sistema de Información del Programa de Registro Único
Nacional de las Personas con Discapacidad.
Además de los beneficiarios del Bono
Universal, incluyendo las personas que no recibieron ningún tipo de
remuneración salarial del sector público o privado a la fecha de promulgación
de la Ley 1330; y los asegurados independientes en el Sistema Integral de
Pensiones.
Se exceptúa de la aplicación del
parágrafo precedente a las personas que a la fecha de publicación de la Ley
1330, se encuentren asegurados dependientes y consultores que tengan aportes acreditados
en su cuenta personal previsional por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, sean del sector público o privado, de acuerdo a reglamentación a ser
emitida para el efecto.
También se exceptúa del pago a los
derechohabientes de primer y segundo grado que figuran en las planillas para
pago de pensiones por muerte de la Seguridad Social de Largo Plazo; y a los
beneficiarios del Bono Familia y personas que cobraron el Bono Familia.
Las entidades de intermediación
financiera con licencia de funcionamiento otorgada por la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), deben pagar el Bono Contra el Hambre
en ventanilla o mediante abono en cuenta.
Para el cobro en ventanilla bancaria,
el beneficiario debe presentar su cédula de identidad original o documentos
alternativos, según Resolución Administrativa 184 del SEGIP, o tener una cuenta
unipersonal en el sistema financiero si es que opta por el abono a cuenta.
El Bono Contra el Hambre estará
disponible para su cobro hasta 90 días calendario, posteriores a la fecha del
inicio de pago.
El Bono Contra el Hambre será
financiado con los recursos provenientes de la reposición de los créditos del
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial y el Banco
Interamericano de Desarrollo.
mcr/ ABI