TCP declara inconstitucional
preaviso laboral establecido
en Ley General del Trabajo
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EL PRESIDENTE DE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL OSWALDO VALENCIA INFORMA A LOS PERIODISTAS |
Sucre, 24 mar (ABI).- El presidente del Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP), Oswaldo Valencia, informó el viernes que la
Sala Plena de esa institución resolvió declarar inconstitucional el preaviso
laboral que estaba establecido en el artículo 12 de la Ley General del Trabajo
y el artículo único del Decreto Supremo 6813.
"La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (...) resuelve declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el artículo único del Decreto Supremo 6813 del 3 de julio de 1964", subrayó en conferencia de prensa.
Recordó que ese recurso de inconstitucionalidad abstracta fue presentado por el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, cuestionando el artículo 12 de esa ley y el Decreto Supremo 6813, que establece la figura del preaviso como un modo de desvinculación laboral.
"En estos momentos ha procedido a la notificación", agregó.
Valencia aclaró que a partir de la emisión de esa resolución la figura del preaviso laboral queda sin efecto.
"Queda inexistente el artículo 12 de la Ley General del Trabajo", subrayó.
Sin embargo, explicó que para los casos anteriores de preavisos, antes de esa resolución de sentencia del TCP, surtirá efecto siempre y cuando el empleado o trabajador lo hubiera aceptado.
Asimismo, dijo que el fallo de la Sala Tercera de esa instancia judicial en este caso era de carácter "aislado".
"A partir del día de hoy (viernes) ya no existe en la ley, en la norma jurídica la figura del preaviso, ese es el fallo que emite el Tribunal Constitucional, con lo cual, se estaría ratificando y fortaleciendo la estabilidad laboral en el orden que manda la Constitución Política del Estado", concluyó.
"La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (...) resuelve declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el artículo único del Decreto Supremo 6813 del 3 de julio de 1964", subrayó en conferencia de prensa.
Recordó que ese recurso de inconstitucionalidad abstracta fue presentado por el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, cuestionando el artículo 12 de esa ley y el Decreto Supremo 6813, que establece la figura del preaviso como un modo de desvinculación laboral.
"En estos momentos ha procedido a la notificación", agregó.
Valencia aclaró que a partir de la emisión de esa resolución la figura del preaviso laboral queda sin efecto.
"Queda inexistente el artículo 12 de la Ley General del Trabajo", subrayó.
Sin embargo, explicó que para los casos anteriores de preavisos, antes de esa resolución de sentencia del TCP, surtirá efecto siempre y cuando el empleado o trabajador lo hubiera aceptado.
Asimismo, dijo que el fallo de la Sala Tercera de esa instancia judicial en este caso era de carácter "aislado".
"A partir del día de hoy (viernes) ya no existe en la ley, en la norma jurídica la figura del preaviso, ese es el fallo que emite el Tribunal Constitucional, con lo cual, se estaría ratificando y fortaleciendo la estabilidad laboral en el orden que manda la Constitución Política del Estado", concluyó.